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Tu Trámite Fácil
Guía informativa · IRPF · Actualizada en septiembre de 2026

Si trabajas y tienes un hijo menor de tres años, Hacienda te debe 100 € al mes

Se llama deducción por maternidad y son hasta 1.200 € al año por cada hijo, más otros 1.000 € si lo llevas a la guardería. Aquí te contamos quién tiene derecho, cuánto sale en tu caso y las dos formas que hay de cobrarlo.

Ver si me corresponde Comprobarlo no cuesta nada.
  • ¿Cuánto? 1.200 € al año por hijo, más 1.000 € de guardería.
  • ¿Quién? Madres que trabajan. Desde 2023, también quien cobraba el paro.
  • ¿Cuándo? 100 € al mes si lo pides. Si no, en la declaración de la renta.

Tu Trámite Fácil es una empresa privada, no la Agencia Tributaria. Este trámite puedes presentarlo tú, gratis, y te explicamos cómo.

¿Es para mí?

Te corresponde si cumples estas tres cosas

  • Tienes un hijo o hija menor de tres años, por nacimiento, adopción o acogimiento.
  • Trabajas por cuenta propia o ajena y estás dada de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad.
  • No resides en País Vasco ni en Navarra, que tienen normativa foral propia.

Y tres casos que entran aunque mucha gente crea que no

Estabas cobrando el paro

Desde 2023 el derecho se amplió: puede alcanzar a quien en el momento del nacimiento percibía prestación por desempleo, contributiva o asistencial, o a quien después ha cotizado al menos treinta días.

Adoptaste o acogiste

La deducción puede aplicarse durante los tres años siguientes a la inscripción o resolución, con independencia de la edad del menor.

Eres el padre o el tutor

En supuestos como el fallecimiento de la madre o la atribución exclusiva de la guarda y custodia, el derecho pasa a él.

Test de requisitos

Compruébalo ahora, en menos de un minuto

Responde sí, no o «no lo sé». Sin registro y sin dejar ningún dato.

Requisito 1 de 5

Tienes al menos un hijo menor de tres años

No guardamos nada de esto: es solo para ti

Comprobar mi caso Si has tenido excedencias, jornada parcial o cambios de alta, es donde más dudas hay.
Las dos formas de cobrarla

El dinero es el mismo. Cambia cuándo lo tienes

Esta es la parte que más se malinterpreta, así que va sin rodeos: no pedir el anticipo no significa perder nada.

Opción A · Abono anticipado

100 € al mes, desde ya

Se pide con el modelo 140. Si te lo conceden, la Agencia Tributaria te ingresa 100 € al mes por cada hijo menor de tres años mientras se mantengan las condiciones. Al hacer la declaración se regulariza lo cobrado.

Sin plazo: se puede solicitar en cualquier momento del año.

Opción B · En la declaración

1.200 € de una vez, más adelante

Si no pides el anticipo, la deducción se aplica al presentar la declaración de la renta del ejercicio y se cobra entonces, junta. Puede ser más de un año de espera desde que nace el derecho.

El extra de guardería solo se puede cobrar por esta vía.

El extra que se queda sin pedir

Los 1.000 € de la guardería

Además de los 1.200 €, quien tiene derecho a la deducción puede sumar hasta 1.000 € más al año por los gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Es la parte que más se queda sin pedir, porque funciona distinto al resto de la deducción y mucha gente ni sabe que existe.

Puedes hacerlo tú, gratis

Tu Trámite Fácil es una empresa privada. No somos la Agencia Tributaria ni ningún organismo público, no estamos afiliados a la Administración y no actuamos en su nombre. La solicitud del abono anticipado se presenta sin coste en la sede electrónica de la AEAT, y así es como se hace:

  1. 1Reúne tu DNI o NIE, el libro de familia o certificado de nacimiento y un número de cuenta a tu nombre.
  2. 2Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria e identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
  3. 3Localiza el modelo 140, «Deducción por maternidad: solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones».
  4. 4Rellena tus datos, los del hijo o hija y la cuenta bancaria donde quieres cobrar.
  5. 5Presenta la solicitud y guarda el justificante. Si te la admiten, el ingreso empieza a llegar mensualmente.
La alternativa

Y si prefieres no hacerlo tú

Tu Trámite Fácil es un servicio privado y de pago que se encarga del trámite por ti. No hace falta para conseguir la deducción: es una alternativa a hacerlo por tu cuenta.

Informarte no cuesta nada y el precio se muestra íntegro antes de que contrates nada.

Entrar en Tu Trámite Fácil Ver el precio no obliga a nada.
  • 1Revisamos si te corresponde y con qué importe.
  • 2Preparamos la documentación y te decimos qué falta.
  • 3Presentamos la solicitud en tu nombre, con poder de representación.
  • 4Seguimos el expediente hasta la resolución.
Lo que más nos preguntan

Preguntas frecuentes sobre la deducción por maternidad

¿La deducción por maternidad y «la ayuda de los 100 € al mes» son lo mismo?

Sí. Es la deducción por maternidad del IRPF. Se puede cobrar de golpe al hacer la declaración de la renta, o mes a mes por adelantado a razón de 100 € por hijo. A esa segunda forma se la llama abono anticipado y es lo que se pide con el modelo 140.

Si no pido el abono anticipado, ¿pierdo el dinero?

No. Si te corresponde y no pides el anticipo, la deducción se aplica igualmente cuando presentas la declaración de la renta del año siguiente. La diferencia no es cuánto cobras, es cuándo: ahora a 100 € al mes, o más adelante de una vez.

¿Puede pedirla el padre?

En el caso general la titular es la madre. El padre o tutor puede tener derecho en supuestos concretos, como el fallecimiento de la madre o cuando la guarda y custodia se le atribuye de forma exclusiva.

Estoy cobrando el paro, ¿me corresponde?

Puede corresponderte. Desde 2023 el derecho se amplió más allá de las madres dadas de alta en la Seguridad Social en el momento del nacimiento: también puede alcanzar a quienes en ese momento percibían prestación por desempleo, contributiva o asistencial, o a quienes después han cotizado al menos 30 días. Conviene revisar el caso concreto.

¿Qué pasa con los gastos de guardería?

Son un incremento aparte de hasta 1.000 € al año por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Es importante saber que este incremento no se puede cobrar por adelantado: se aplica al presentar la declaración de la renta.

Vivo en País Vasco o en Navarra.

Esas dos comunidades tienen régimen fiscal foral propio y esta deducción se regula por su normativa, no por la estatal. Las condiciones y el procedimiento no son los que se describen en esta página.

¿Hasta cuándo se puede pedir?

La deducción se genera mientras el hijo o la hija es menor de tres años. El abono anticipado no tiene plazo de convocatoria: se puede solicitar en cualquier momento del año. Los ejercicios ya pasados tienen los plazos generales de prescripción tributaria, de cuatro años.

Página informativa basada en la Ley 35/2006 del IRPF y en la información publicada por la Agencia Tributaria, vigente a la fecha de actualización indicada. No constituye asesoramiento fiscal ni garantiza la concesión de ninguna ayuda. Aviso legal · Privacidad · Contacto

Deducción por maternidad Hasta 1.200 €/año por hijo
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